BUROFAX U HOJAS DE RECLAMACIONES.LO MÁS PODEROSO

5  19.10.2002 (31.10.2002)

Ventajas:
TODAS

Desventajas:
NINGUNA

Recomendable: Sí 

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BUROFAX U HOJAS DE RECLAMACIONES
En casi todas las Comunidades Autónomas, es obligatorio que todos tengan hojas de reclamaciones, incluidos los bancos, compañías telefónicas etc, siempre que entre el interesado y esa compañía exista una RELACIÓN CONTRACTUAL.

En todos estos establecimientos de atención personal, al cliente o sedes que las compañías tengan en cada Comunidad autónoma debera haber un cartel visible con la Leyenda: " EXISTEN HOJAS DE RECLAMACIONES A DISPOSICIÓN DEL USUARIO "

Van por triplicado una para el reclamante, la primera, la segunda para la adminstración sancionadora, y la tercera para la empresa.

Debera ser sellada por el establecimiento, ( las tres copias ) con todos los datos de la empresa reclamada, incluido CIF, y de la persona que nos atiende.

En caso de no tener hojas de reclamaciones o negarse a facilitarlas, llamar a POLICIA LOCAL, GUARDIA CIVIL O POLICÍA NACIONAL, para denunciar al establecimiento, a parte de servir de testigos del hecho. quedarse y reflejar el indicativo actuante.

Si la POLICÍA o guardía civil, no tramita las hojas de reclamaciones. Es decir la Copia de la Administración deberemos hacerlo nosotros, ante las Oficinas de Informacion al Consumidor Locales o de las Comunidades Autónomas con todas las pruebas posibles.

Sirve de Notificación fehaciente para la Empresa, con lo que nos ahorramos un burofax.
Sirve de denuncia ante la administración competente.
Tiene la cobertua y apoyo de las Fuerzas de Seguridad, que denunciaran su falta o negativa a entregarlas, que realizaran su propia denuncia al establecimiento mercantíl a parte de la nuestra reclamación.

Un saludo a todos y espero que os sea útil esta información.
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Comentarios sobre esta opinión
mainecoon

mainecoon

28.10.2007 18:52

wena opinion

zahori

zahori

03.07.2005 19:23

Lo que dices de llamar a la policía, guardia civil o policía nacional lo he escuchado otras veces, pero no recuerdo haberlo leído en ninguna ley. Mi experiencia es que la policía trata de escaquearse de casi todo y esto les puede parecer "pecata minuta" para intervenir. ¿Dónde consta que deban intervenir? Yo lo que hago es poner la denuncia en la OMIC, pero claro, ya no consta que es cierto que no me proporcionaron las hojas de reclamaciones y pueden mentir. Desde luego es mucho mejor llamar a la policía... si ésta accede a ello..

PACHULINO

PACHULINO

31.10.2002 10:43

Bueno, aquí en Galicia no le hacen mucho caso. Un Saludo.

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