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El impuesto de sociedades es el equivalente al irpf en las personas fisicas para las sociedades tanto anonimas como limitadas, pero con ciertas ventajas, mientras que las personas fisicas llegamos a pagar hasta el 48 % de los beneficios obtenidos en un ejercicio, las sociedades si son pymes es decir facturan hoy dia menos de 500 millones de pesetas tributan poor el 30% de las primeros 15 millones de beneficio y el resto al 35 %, como veis un clara discriminacion con respecto al irpf, que hace que se constituyan mas sociedades de las que normalmente seria necesario con el unico fin de pagar menos impuestos a hacienda, a partir de unos 10 millones de beneficios es mas rentable tener una sociedad y tributar por ese impuesto que por el irpf
Aunque el tipo impositivo máximo de la sociedad es menor que el de la persona física hay que tener en cuenta la 'doble imposición' ya que después de tributar la SL al 30% de los beneficios que reparta (o sueldo del administrador/socios, etc.) quien los perciba tiene que declararlos en su IRPF volviendo a tributar!!!
02.03.2001 22:06
Aunque el tipo impositivo máximo de la sociedad es menor que el de la persona física hay que tener en cuenta la 'doble imposición' ya que después de tributar la SL al 30% de los beneficios que reparta (o sueldo del administrador/socios, etc.) quien los perciba tiene que declararlos en su IRPF volviendo a tributar!!!